Ley Nº 18520 - SEGURO PARA EL CONTROL DE LA BRUCELOSIS (SCB). MODIFICACION

Rango Ley
Publicación 2009-07-28
Estado Vigente
Departamento TABARE VAZQUEZ - JORGE BRUNI - GONZALO FERNANDEZ - ALVARO GARCIA - JOSE BAYARDI - MARIA SIMON - VICTOR ROSSI - DANIEL MARTINEZ - JULIO BARAIBAR - MARIA JULIA MUÑOZ - ERNESTO AGAZZI - HECTOR LESCANO - CARLOS COLACCE - MARINA ARISMENDI
Fuente IMPO
artículos 4
Historial de reformas JSON API
Artículo 1

(*)

Artículo 2

(*)

Artículo 3

Facúltase al Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y de la Comisión de Administración creada por el

artículo 5° de la Ley N° 17.730, de 31 de diciembre de 2003, a variar los

montos fijados en los artículos 2° y 3° de dicho cuerpo normativo con las modificaciones introducidas por la presente ley, cuando las circunstancias sanitarias o comerciales lo ameriten.

Artículo 4

La presente ley se aplicará a los animales enviados a faena obligatoria a partir de su promulgación.

TABARE VAZQUEZ - JORGE BRUNI - GONZALO FERNANDEZ - ALVARO GARCIA - JOSE BAYARDI - MARIA SIMON - VICTOR ROSSI - DANIEL MARTINEZ - JULIO BARAIBAR - MARIA JULIA MUÑOZ - ERNESTO AGAZZI - HECTOR LESCANO - CARLOS COLACCE - MARINA ARISMENDI

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