Ley Nº 18525 - DECLARACION FERIADO LABORABLE. VILLA RODRIGUEZ. SAN JOSE

Rango Ley
Publicación 2009-08-03
Estado Vigente
Departamento TABARE VAZQUEZ - JULIO BARAIBAR - JORGE BRUNI - PEDRO VAZ - ANDRES MASOLLER - JOSE BAYARDI - MARIA SIMON - VICTOR ROSSI - DANIEL MARTINEZ - MARIA JULIA MUÑOZ - ERNESTO AGAZZI - HECTOR LESCANO - CARLOS COLACCE - MARINA ARISMENDI
Fuente IMPO
artículos 3
Historial de reformas JSON API
Artículo 1

Declárase feriado laborable para Villa Rodríguez, departamento de San José, el día 19 de julio de cada año.

Artículo 2

Declárase feriado no laborable para Villa Rodríguez, departamento de San José, el día 17 de julio de 2009, con motivo de celebrarse los 100 años de su categorización como pueblo.

Artículo 3

Otórgase goce de licencia paga durante la fecha indicada en el artículo 2º de esta ley a los trabajadores de las actividades pública o privadas, residentes, ex residentes o nacidos en la localidad.

TABARE VAZQUEZ - JULIO BARAIBAR - JORGE BRUNI - PEDRO VAZ - ANDRES MASOLLER - JOSE BAYARDI - MARIA SIMON - VICTOR ROSSI - DANIEL MARTINEZ - MARIA JULIA MUÑOZ - ERNESTO AGAZZI - HECTOR LESCANO - CARLOS COLACCE - MARINA ARISMENDI

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