Ley Nº 18549 - APROBACION CONVENCION INTERAMERICANA PARA EL CUMPLIMIENTO DE CONDENAS PENALES EN EL EXTRANJERO
Artículo Unico
Apruébase la Convención Interamericana para el Cumplimiento de Condenas Penales en el Extranjero, hecha en la ciudad de Managua, Nicaragua, el 9 de junio de 1993. (*)
TABARE VAZQUEZ - PEDRO VAZ - RICARDO BERNAL - MARIA SIMON
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.