Ley Nº 18563 - INTERPRETACION DE LA LEY 16.621. FUNCIONARIOS DEL PARQUE DE VACACIONES DE UTE - ANTEL
Artículo Unico
Declárase con carácter de interpretación auténtica que las disposiciones contenidas en la Ley Nº 16.621, de 10 de noviembre de 1994, comprenden exclusivamente a quienes revestían la calidad de empleados del Parque de Vacaciones de UTE - ANTEL al momento de dictarse la disposición reseñada.
TABARE VAZQUEZ - RAUL SENDIC - ANDRES MASOLLER
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