Ley Nº 18636 - AUTORIZACION PRESTAMO ENTRE EL MINISTERIO DE DEFENSA Y EL BROU. PAGO MISIONES DE PAZ
Artículo 1
Habilítase al Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional" a contraer con el Banco de la República Oriental del Uruguay un préstamo por un monto total de hasta US$ 15.000.000 (dólares estadounidenses quince millones), con destino al Programa 001 "Administración Central del Ministerio de Defensa Nacional", Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría de Estado", para atender transitoriamente al pago de las asignaciones retributivas que debe abonar la Organización de las Naciones Unidas en el marco de las Misiones de Paz dispuestas por dicho organismo internacional.
Artículo 2
El Ministerio de Defensa Nacional comunicará al Ministerio de Economía y Finanzas las condiciones de la operación, el calendario de desembolsos, de amortizaciones y condiciones financieras. También deberá informarse al Ministerio de Economía y Finanzas del cumplimiento de los pagos que se realicen.
Artículo 3
La amortización del mencionado préstamo, así como los intereses y otros costos asociados al mismo, se efectuará con los fondos provenientes de los reintegros que hace la Organización de las Naciones Unidas por el desarrollo de las Misiones de Mantenimiento de la Paz.
TABARE VAZQUEZ - GONZALO FERNANDEZ - ALVARO GARCIA
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