Ley Nº 18669 - PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. MOLINO CARMELO S.A

Rango Ley
Publicación 2010-07-26
Estado Vigente
Departamento JOSE MUJICA - EDUARDO BRENTA - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - DANIEL OLESKER - TABARE AGUERRE - HECTOR LESCANO - GRACIELA MUSLERA - ANA MARIA VIGNOLI
Fuente IMPO
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Artículo 1

Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender por razones de interés general, hasta por un plazo de 180 (ciento ochenta) días, el subsidio por desempleo de los trabajadores de Molino Carmelo S.A., en los términos y condiciones que establezca la reglamentación.

Artículo 2

La ampliación del plazo de la prestación del subsidio por desempleo que se otorga en virtud de las facultades que se conceden en el artículo anterior alcanzará a los trabajadores que aún continúen en el goce del referido beneficio o hayan agotado el plazo máximo de cobertura (artículos 7° y 10 del Decreto-Ley N° 15.180, 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por la Ley N° 18.399, de 24 de octubre de 2008) y comenzará a regir a partir del mes inmediato posterior al cese respectivo del subsidio en todos los casos.

JOSE MUJICA - EDUARDO BRENTA - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - DANIEL OLESKER - TABARE AGUERRE - HECTOR LESCANO - GRACIELA MUSLERA - ANA MARIA VIGNOLI

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