Ley Nº 18721 - INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO. COMPATIBILIDAD DE LA ACTIVIDAD DOCENTE DE LOS PASIVOS DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION CON EL GOCE DE LA JUBILACION
Artículo Unico
La actividad docente de las personas contratadas por el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional para el dictado de cursos de capacitación, en el marco de los convenios suscritos entre el mencionado Instituto y las organizaciones representativas de empleadores y trabajadores de la construcción, será compatible con el goce de la jubilación.
JOSE MUJICA - EDUARDO BRENTA - FERNANDO LORENZO
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