Ley Nº 18828 - AUTORIZACION DEL GOBIERNO DE LA REPUBLICA A SUCRIBIR EL AUMENTO GENERAL DEL CAPITAL DEL BID A EFECTUAR APORTES ADICIONALES AL FONDO PARA OPERACIONES ESPECIALES DE DICHO ORGANISMO

Rango Ley
Publicación 2011-11-03
Estado Vigente
Departamento JOSÉ MUJICA - FERNANDO LORENZO
Fuente IMPO
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DEL CAPITAL DEL BID A EFECTUAR APORTES ADICIONALES AL FONDO PARA OPERACIONES ESPECIALES DE DICHO ORGANISMO

Artículo 1

Apruébase el aumento de recursos del Banco Interamericano de Desarrollo, denominado "Noveno Aumento General de Recursos", que comprende un aumento en el capital autorizado de US$ 70.000.000.000 (setenta mil millones de dólares de los Estados Unidos de América) y un aumento en el Fondo para Operaciones Especiales de US$ 479.000.000 (cuatrocientos setenta y nueve millones de dólares de los Estados Unidos de América), de acuerdo con lo resuelto por la Asamblea de Gobernadores mediante Resolución AG-7/10, de 21 de julio de 2010.

Artículo 2

El Gobierno de la República suscribirá el número de acciones adicionales correspondiente a Uruguay, que es de 66.967, de las cuales 1.627 acciones son de capital pagadero en efectivo y 65.340 acciones de capital exigible. El precio de cada acción es de US$ 12.063,43238 (doce mil sesenta y tres dólares de los Estados Unidos de América con 43238/00000), por lo que la suscripción total asciende a US$ 807.851.876,19146 (ochocientos siete millones ochocientos cincuenta y un mil ochocientos setenta y seis dólares de los Estados Unidos de América con 19146/00000).

Artículo 3

En lo que refiere al Fondo para operaciones Especiales, el Gobierno de la República efectuará un aporte de hasta US$ 2.741.494 (dos millones setecientos cuarenta y un mil cuatrocientos noventa y cuatro dólares de los Estados Unidos de América).

Artículo 4

La integración de los nuevos aportes será realizada por el Banco Central del Uruguay y formará parte de su capital, de acuerdo con lo establecido por el artículo 471 de la Ley N° 13.640, de 26 de diciembre de 1967.

JOSÉ MUJICA - FERNANDO LORENZO

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