Ley Nº 18848 - DESAFECTACION DE BIEN INMUEBLE Y AFECTACION AL MTOP. CANELONES
Artículo 1
Desaféctase de la órbita de la Intendencia Municipal de Canelones (IMC) y aféctase al Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP), a título oneroso, el bien inmueble empadronado con el N° 2079 (parte), ubicado en la Segunda Sección Judicial y localidad catastral de Santa Lucía, del departamento de Canelones, zona suburbana, señalado como Fracciones 1E y 2E en el plano de mensura del ingeniero agrimensor Pablo A. Asuaga Freire, de octubre de 2008, e inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina Delegada de Canelones, con el N° 14202 el 9 de diciembre de 2008, las que conforman una superficie total de 1 ha. 8.988 m² 60 dm², Fracciones 1E de 5.476 m² 60 dm² y 2E de 1 ha. 3.512 m² con frente a bulevar Federico Capurro y con el objeto de realizar las obras para la Ruta Nacional N° 11 José Batlle y Ordóñez en el tramo accesos y puente sobre el río Santa Lucía.
Artículo 2
El Ministerio de Transporte y Obras Públicas deberá consignar a favor de la Intendencia Municipal de Canelones, como compensación en cuenta abierta del Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU - Casa Central), el importe equivalente a la fecha de 513 UR (quinientas trece unidades reajustables).
JOSÉ MUJICA - PABLO GENTA
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