Ley Nº 18877 - TRANSFERENCIA DE DOMINIO. BIENES DEL ESTADO. DEPARTAMENTO DE SAN JOSE
Artículo 1
Transfiérense a título gratuito, del patrimonio del Estado (Ministerio de Economía y Finanzas) al del Instituto Nacional de Colonización, los inmuebles empadronados con los números 858 y 17.813, de la 6ª Sección del departamento de San José.
Artículo 2
La ley operará como título y modo de la traslación de dominio, bastando para su inscripción en el Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria, un testimonio de la presente disposición, el que podrá ser complementado con un certificado notarial que contenga los datos pertinentes para el correcto asiento registral.
JOSÉ MUJICA - FERNANDO LORENZO - TABARÉ AGUERRE
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