Ley Nº 18933 - CONVENIO ENTRE URUGUAY Y EL PRINCIPADO DE LIECHTENSTEIN PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICION EN MATERIA DE IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y SOBRE EL PATRIMONIO
DOBLE IMPOSICION EN MATERIA DE IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y SOBRE EL PATRIMONIO
Artículo Unico
Apruébanse el Convenio entre la República Oriental del Uruguay y el Principado de Liechtenstein para Evitar la Doble Imposición en Materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y su Protocolo (*), firmados en la ciudad de Berna, el 18 de octubre de 2010.
JOSÉ MUJICA - ROBERTO CONDE - FERNANDO LORENZO
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