Ley Nº 18975 - EXTENSION DE PLAZO Y EXONERACIONES FISCALES RELATIVO A LAS COOPERATIVAS DE PROFESIONALES DE LA SALUD
Artículo 1
Extiéndense hasta el 31 de diciembre de 2012 el plazo previsto en el inciso primero del artículo 8° de la Ley N° 18.440, de 24 de diciembre de 2008, y las exoneraciones fiscales establecidas en el inciso segundo del citado artículo.
Artículo 2
Las instituciones de asistencia médica colectiva con forma de cooperativa, que se hayan presentado o se presenten ante el Registro de Personas Jurídicas, Sección Registro Nacional de Comercio, antes del 31 de diciembre de 2012, para transformarse en instituciones de asistencia médica privada de profesionales (Ley N° 18.440), estarán exoneradas del pago de la prestación coactiva establecida en el artículo 204 de la Ley N° 18.407, de 24 de octubre de 2008.
JOSÉ MUJICA - EDUARDO BONOMI - ROBERTO CONDE - FERNANDO LORENZO - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - EDUARDO BRENTA - JORGE VENEGAS - TABARÉ AGUERRE - LILIAM KECHICHIAN - FRANCISCO BELTRAME - DANIEL OLESKER
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