Ley Nº 19005 - REALIZACION DE LAS ELECCIONES INTERNAS DE LOS PARTIDOS POLITICOS, EL PRIMER DOMINGO DEL MES DE JUNIO DEL AÑO 2014
PRIMER DOMINGO DEL MES DE JUNIO DEL AÑO 2014
Artículo 1
Las elecciones internas de los Partidos Políticos para seleccionar candidatura única a la Presidencia de la República, a que refiere el
artículo 1 de la Ley N° 17.690, de 21 de setiembre de 2003, se
realizarán, por esta única vez, para el próximo período electoral, el primer domingo del mes de junio del año 2014.
Artículo 2
En virtud de lo dispuesto por el artículo anterior, las fechas para el plan de inscripciones, así como para las solicitudes y juicios de exclusión, serán las establecidas en los artículos 2°, 6°, 7° y 8° de la Ley N° 16.910, de 9 de enero de 1998.
Artículo 3
Autorízase a la Corte Electoral a ajustar fechas y plazos que correspondan para cumplir con lo dispuesto por la presente ley.
JOSÉ MUJICA - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - NELSON LOUSTAUNAU - LEONEL BRIOZZO - TABARÉ AGUERRE - LILIAM KECHICHIAN - FRANCISCO BELTRAME - DANIEL OLESKER
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