Ley Nº 19103 - AMPLIACION DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. METZEN Y SENA S.A

Rango Ley
Publicación 2013-07-26
Estado Vigente
Departamento JOSÉ MUJICA - EDUARDO BRENTA - EDUARDO BONOMI - LUIS PORTO - FERNANDO LORENZO - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - SUSANA MUÑIZ - TABARÉ AGUERRE; LILIAM KECHICHIAN - FRANCISCO BELTRAME - LAURO MELÉNDEZ
Fuente IMPO
artículos 3
Historial de reformas JSON API
Artículo 1

Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender por razones de interés general, hasta por un plazo de ciento ochenta días, el subsidio por desempleo de los extrabajadores de Metzen y Sena S.A. en los términos y condiciones que establezca la reglamentación.

Artículo 2

La ampliación del plazo de la prestación de desempleo que se otorga en virtud de las facultades que se conceden en el artículo anterior, alcanzará a los trabajadores que aún continúen en el goce del referido beneficio o hayan agotado el plazo máximo de cobertura (artículos 7° y 10 del Decreto-Ley N° 15.180, de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por la Ley N° 18.399, de 24 de octubre de 2008). La ampliación del plazo de la prestación comenzará a regir a partir del mes inmediato posterior al cese respectivo del subsidio en todos los casos.

Artículo 3

Los trabajadores amparados por el subsidio regido por la presente ley, que ingresen a trabajar en otros emprendimientos productivos, conservarán, al término o suspensión de la relación laboral y en cuanto esta no hubiere durado más de noventa días, el derecho al subsidio por desempleo hasta agotar el término máximo previsto en las citadas normas, aunque no hayan transcurrido doce meses desde que percibieron la última prestación.

JOSÉ MUJICA - EDUARDO BRENTA - EDUARDO BONOMI - LUIS PORTO - FERNANDO LORENZO - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - SUSANA MUÑIZ - TABARÉ AGUERRE; LILIAM KECHICHIAN - FRANCISCO BELTRAME - LAURO MELÉNDEZ

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.