Ley Nº 19137 - TRANSFERENCIA DE DOMINIO DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO A LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
Artículo 1
Transfiérese del patrimonio del Estado a la Intendencia de Montevideo la propiedad de tres edificios ubicados en el predio conocido como Exposición y Ferias del Prado, padrón N° 57.636, Sección Judicial 20ª. Los referidos galpones son los construidos con fondos del erario público de acuerdo con lo dispuesto por las Leyes Nos. 3.467, de 14 de mayo de 1909, 3.765, de 20 de mayo de 1911, y 3.975, de 15 de mayo de 1912.
Artículo 2
La transferencia a que refiere el artículo anterior será a título gratuito y no afecta la calidad de patrimonio histórico de las construcciones.
Artículo 3
La transferencia de la propiedad no alcanza a las restantes construcciones, ni al inmueble, ni los derechos de uso o usufructo o de cualquiera otra índole que afecten a las mismas.
Artículo 4
Esta ley operará como título y modo de la mencionada traslación de dominio. Para la inscripción en la Sección Inmobiliaria del Registro de la Propiedad bastará con un testimonio de esta disposición. El mismo podrá ser complementado por un certificado notarial que contenga los datos pertinentes para el correcto asiento registral.
JOSÉ MUJICA - FERNANDO LORENZO - RICARDO EHRLICH
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