Ley Nº 19406 - MODIFICACION DEL TEXTO ORDENADO DGI Y OTORGAMIENTO DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS A LA PRODUCCION DE PANELES SOLARES PARA LA GENERACION DE ENERGIA FOTOVOLTAICA
Artículo 1
(*)
Artículo 2
Facúltase al Poder Ejecutivo a otorgar la exoneración de todo recargo, incluso el recargo mínimo, el Impuesto Aduanero Único a la Importación, la Tasa de Movilización de Bultos, la Tasa Consular y en general de todo tributo cuya aplicación corresponda en ocasión de la importación, incluido el Impuesto al Valor Agregado (IVA), a los bienes destinados a integrar el costo de los paneles solares para la generación de energía fotovoltaica, siempre que hayan sido declarados no competitivos con la industria nacional.
TABARÉ VÁZQUEZ - CAROLINA COSSE - DANILO ASTORI.
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