Ley Nº 19504 - TRANSFERENCIA DEL PATRIMONIO DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS A LA ADMINISTRACION DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO
Artículo 1
Transfiérase del patrimonio del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, el predio identificado con el Padrón N° 289 (p), ubicado en la localidad catastral La Boyada, departamento de San José, con un área de 592 m² 09 dm² 26 cm² a fin de ser utilizado el mismo en tareas relacionadas con el recalque y el tanque de distribución en la ciudad de Ecilda Paullier.
Artículo 2
La Dirección Nacional de Catastro tasó el referido bien en la suma de UR 108,1530 (unidades reajustables ciento ocho con mil quinientas treinta milésimas).
La Administración de las Obras Sanitarias del Estado deberá consignar a favor del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a título de compensación en la cuenta abierta en el Banco de la República Oriental del Uruguay (Casa Central), el importe mencionado.
Artículo 3
Esta ley operará como título y modo de la mencionada traslación de dominio y para la respectiva inscripción en la Sección Inmobiliaria del Registro de la Propiedad, bastará un testimonio de esta disposición, el que podrá ser complementado por un certificado notarial que contenga los datos pertinentes para el correcto asiento registral.
TABARÉ VÁZQUEZ - VÍCTOR ROSSI - ENEIDA de LEÓN
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.