Ley Nº 19913 - EXONERACION DE LOS APORTES JUBILATORIOS PATRONALES A LA SEGURIDAD SOCIAL, A LAS EMPRESAS CON LOCAL DEDICADAS A LA ORGANIZACION DE FIESTAS Y EVENTOS, AGENCIAS DE VIAJES, ORGANIZADORAS DE CONGRESOS, ASI COMO AQUELLAS DE TRANSPORTE TERRESTRE DE GRUPOS TURISTICOS Y EXCURSIONES. 1° DE ABRIL DE 2020 - 31 DE MARZO DE 2021

Rango Ley
Publicación 2020-11-06
Estado Vigente
Departamento LACALLE POU LUIS - PABLO MIERES - AZUCENA ARBELECHE
Fuente IMPO
Historial de reformas JSON API
Artículo Unico

Facúltase al Poder Ejecutivo a exonerar, a partir del 1° de abril de 2020 y hasta el 31 de marzo de 2021, de los aportes patronales de seguridad social, a las empresas con local dedicadas a la organización y realización de fiestas y eventos, agencias de viajes, empresas organizadoras y proveedoras de congresos y ferias nacionales e internacionales, así como a las empresas dedicadas al transporte terrestre de grupos turísticos y excursiones, según lo determine la reglamentación.

LACALLE POU LUIS - PABLO MIERES - AZUCENA ARBELECHE

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.