Ley Nº 20043 - CIUDAD DEL CARMEN. DURAZNO
Artículo 1
Declárase ciudad a "Villa del Carmen", ubicada en la Cuarta Sección Judicial del departamento de Durazno.
Artículo 2
A partir de la fecha de promulgación de esta ley su denominación será "Ciudad del Carmen".
LACALLE POU LUIS - PABLO DA SILVEIRA
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