Ley Nº 20124 - MODIFICACION DEL IMPUESTO A LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS (IRPF) Y DEL IMPUESTO DE ASISTENCIA A LA SEGURIDAD SOCIAL (IASS)

Rango Ley
Publicación 2023-04-11
Estado Vigente
Departamento LACALLE POU LUIS; LUIS ALBERTO HEBER; FRANCISCO BUSTILLO; AZUCENA ARBELECHE; JAVIER GARCÍA; PABLO DA SILVEIRA; JOSÉ LUIS FALERO; WALTER VERRI; PABLO MIERES; KARINA RANDO; FERNANDO MATTOS; TABARÉ VIERA; IRENE MOREIRA; MARTÍN LEMA; ROBERT BOUVIER.
Fuente IMPO
artículos 6
Historial de reformas JSON API
Artículo 1

(*)

Artículo 2

(*)

Artículo 3

(*)

Artículo 4

Condónanse los adeudos devengados a partir del mes de marzo de 2020, para los contribuyentes comprendidos en el régimen de tributación dispuesto por la Ley N° 18.874, de 23 de diciembre de 2011, cuyo registro se encuentre suspendido de oficio por el Banco de Previsión Social a la fecha de promulgación de la presente ley.

Artículo 5

Las referencias realizadas al Texto Ordenado 1996 efectuadas por la presente ley, se consideran realizadas a las normas legales que les dieron origen.

Artículo 6

Lo dispuesto en los artículos 1°, 2° y 3° de la presente ley regirá para hechos generadores acaecidos a partir del 31 de diciembre de 2023 inclusive.

LACALLE POU LUIS; LUIS ALBERTO HEBER; FRANCISCO BUSTILLO; AZUCENA ARBELECHE; JAVIER GARCÍA; PABLO DA SILVEIRA; JOSÉ LUIS FALERO; WALTER VERRI; PABLO MIERES; KARINA RANDO; FERNANDO MATTOS; TABARÉ VIERA; IRENE MOREIRA; MARTÍN LEMA; ROBERT BOUVIER.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.