Ley Nº 20186 - DECLARACION DEL "DIA DE LOS TRIPULANTES DE HELICOPTEROS MILITARES" EL 13 DE AGOSTO DE CADA AÑO
Artículo 1
Declárase el 13 de agosto de cada año Día de los Tripulantes de Helicópteros Militares.
Artículo 2
Ese día será considerado feriado no laborable para los trabajadores que desempeñan esa actividad, quienes tendrán derecho a percibir la remuneración habitual.
LACALLE POU LUIS - JAVIER GARCÍA
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