Ley Nº 20342 - DECLARACION DEL DIA DEL FUNCIONARIO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS, EL 13 DE AGOSTO DE CADA AÑO
Artículo 1
Declárase el día 13 de agosto de cada año el "Día del Funcionario del Tribunal de Cuentas", como feriado no laborable, pago, que comprenda a todos los que desempeñan funciones en y para el Organismo.
Artículo 2
En la citada fecha podrán efectuarse actividades que pongan de manifiesto la relevancia de la gestión de dicha Institución respecto a la administración financiera del Estado.
LACALLE POU LUIS - MARIO ARIZTI
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