Ley Nº 20355 - DECLARACION DE PUEBLO DENOMINADO "BAYGORRIA". DURAZNO
Artículo 1
Declárase Pueblo, con el nombre "Baygorria", el centro poblado de hecho existente en las inmediaciones de la represa de Baygorria, en el departamento de Durazno.
Artículo 2
El Poder Ejecutivo fomentará el desarrollo territorial de esta localidad, la radicación y la mejora de la calidad de vida de sus vecinos, así como la salvaguarda de los dos núcleos residenciales modernos asociados a la construcción y el uso de esta planta industrial enclavada sobre el río Negro. Tal salvaguarda incluirá sus trazados, sus arquitecturas singulares y su parque forestal. Se promoverán acuerdos institucionales y acciones para su mejor logro.
LACALLE POU LUIS - PABLO DA SILVEIRA - JOSE LUIS FALERO - ELISA FACIO - RAÚL LOZANO - ROBERT BOUVIER
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