Ley Nº 9073 - PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. ASISTENCIA HUMANITARIA

Rango Ley
Publicación 1933-08-16
Estado Vigente
Departamento TERRA - AUGUSTO CESAR BADO - PEDRO MANINI RIOS
Fuente IMPO
artículos 2
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Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo para disponer de Rentas Generales de la cantidad de cien mil pesos ($ 100.000.00) para atender la alimentación de los desocupados y menesterosos de la Capital y de los Departamentos de campaña.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

TERRA - AUGUSTO CESAR BADO - PEDRO MANINI RIOS

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