Ley Nº 9090 - COMERCIO EXTERIOR. EXONERACION DE DERECHOS ADUANEROS
Artículo 1
Decláranse comprendidos en los beneficios de la ley número 8803 del 22 de Octubre de 1931, las gomas macizas que utilizan los vehículos de carga.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
GABRIEL TERRA - AUGUSTO CESAR BADO - PEDRO COSIO
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