Ley Nº 9150 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. FAMILIARES DE GENARO LEYTES. FAMILIARES DE RAUL PAEZ LOPEZ. FAMILIARES DE JUAN B. RODRIGUEZ. FAMILIARES DE MAXIMO RODRIGUEZ. FAMILIARES DE JUAN GAMARRA

Rango Ley
Publicación 1933-12-07
Estado Vigente
Departamento TERRA - CESAR CHARLONE
Fuente IMPO
artículos 3
Historial de reformas JSON API
Artículo 1

Acuérdase por gracia especial una pensión de noventa y dos pesos ($ 92.00) mensuales, equivalente al sueldo íntegro que corresponde al cargo de Oficial Inspector de la Jefatura de Policía de Montevideo, a los familiares de cada uno de los empleados policiales don Genaro Leytes, Raúl Páez López, Juan B. Rodríguez, Máximo Rodríguez y Juan Gamarra fallecidos en actos del servicio, a saber: De don Genaro Leytes, a doña María Beloz y sus hijos menores Carlos, Antonio, Mario, Juan, Lidia y Héctor Leytes. De don Raúl Páez López, a sus hermanos menores Aníbal, Irma, María Nea y María Elena Páez López. De don Juan B. Rodríguez, a su esposa e hijo menor, doña Angélica Cabrera de Rodríguez y Carlos Rodríguez, respectivamente. De don Máximo Rodríguez, a su esposa doña Guillermina Castro de Rodríguez. De don Juan Gamarra, a su señora madre viuda doña Nicolasa N. de Gamarra y sus hermanas Carlota, Juana y Enriqueta Gamarra.

Artículo 2

La Caja de Jubilaciones y Pensiones Civiles verterá mensualmente a Rentas Generales el importe de las pensiones que pudieren corresponderles a los derecho-habientes de los expresados funcionarios de acuerdo con las disposiciones de las leyes de 26 de Octubre de 1925 y 8 de Febrero de 1930.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

TERRA - CESAR CHARLONE

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.