Ley Nº 9162 - DEUDA PUBLICA. AMORTIZACION

Rango Ley
Publicación 1933-12-27
Estado Vigente
Departamento TERRA - PEDRO COSIO
Fuente IMPO
artículos 3
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Artículo 1

Declárase que la suspensión de las amortizaciones de las Deudas Públicas Internas a que se refiere la ley de 1.° de Noviembre de 1932, no comprende la "Deuda Amortizable Extraordinaria 4 %".

Artículo 2

El servicio de amortización de la deuda referida, se reanudará el 1° de Diciembre de 1933.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

TERRA - PEDRO COSIO

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