Ley Nº 9225 - FERIA JUDICIAL
Artículo 1
Prorrógase la Feria Judicial hasta el 5 de Febrero de 1934. (*)
Artículo 2
Esta ley regirá desde el 25 de Enero de 1934.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
TERRA - HORACIO ABADIE SANTOS
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