Ley Nº 9227 - OPERACIONES CAMBIARIAS. CANCELACIONES. PRORROGA

Rango Ley
Publicación 1934-02-03
Estado Vigente
Departamento TERRA - PEDRO COSIO
Fuente IMPO
artículos 2
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Artículo 1

Prorrógase hasta el 31 de Diciembre de 1934, el régimen de cancelación en forma espaciada y escalonada que estableció el artículo 1.° de la ley de 15 de Julio de 1932 para la liquidación de las operaciones de cambio diferido a que se refiere el mismo artículo.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

TERRA - PEDRO COSIO

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