Ley Nº 9259 - ADMINISTRACION NACIONAL DE COMBUSTIBLES ALCOHOL Y PORTLAND (ANCAP). CONTRIBUCION A RENTAS GENERALES
Artículo 1
La Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland verterá mensualmente para Rentas Generales y para Pensiones a la Vejez en las proporciones actuales el equivalente al impuesto que pagan los alcoholes, por la caña nacional de destilación directa que expenda, computándose a razón de $ 0.85 por cada 96°.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
TERRA - AUGUSTO CESAR BADO - PEDRO COSIO
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