Ley Nº 9288 - CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES MILITARES. BENEFICIOS JUBILATORIOS

Rango Ley
Publicación 1934-03-10
Estado Vigente
Departamento TERRA - ANDRES F. PUYOL
Fuente IMPO
artículos 3
Historial de reformas JSON API
Artículo 1

(*)

Artículo 2

Elévase al 6 % el montepío militar que actualmente abona la clase de tropa, de acuerdo con el parágrafo 2° del artículo 12 de la ley número 8049, de 16 de Noviembre de 1926.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

TERRA - ANDRES F. PUYOL

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