Ley Nº 9355 - CAJA AUTONOMA DE AMORTIZACION. AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA. EMISION

Rango Ley
Publicación 1934-05-03
Estado Vigente
Departamento TERRA - CESAR CHARLONE
Fuente IMPO
artículos 3
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Artículo 1

Queda autorizada la Caja Autónoma de Amortización para continuar emitiendo obligaciones amortizables, en las condiciones de la ley de 15 de Julio de 1932, hasta el límite de un 10 % como adicional al autorizado por la ley de 15 de Julio de 1932.

Artículo 2

Autorízase al Consejo H. de la Caja Autónoma de Amortización para disponer hasta la suma de $ 3.500 mensuales para compensar al personal adscripto a la institución y al eventual, por los trabajos extraordinarios que realicen. Esta disposición regirá hasta el 30 de Junio.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

TERRA - CESAR CHARLONE

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