Ley Nº 9365 - SUBSECRETARIOS. DENOMINACION
Artículo 1
Los actuales Subsecretarios de los Ministerios se denominarán en lo sucesivo Directores Generales de Secretaría de Estado, con la misma asignación de que gozan por la ley de Presupuesto General de Gastos los Subsecretarios y con las funciones de Jefes Administrativos de la Secretaría Ministerial, que les acuerdan las disposiciones legales vigentes.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
TERRA - EUGENIO MARTINEZ THEDY
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