Ley Nº 9380 - PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. OBRAS PUBLICAS
Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para tomar de Rentas Generales hasta la cantidad de ciento tres mil quinientos dieciocho pesos con veintinueve centésimos ($ 103.518.29), destinada a realizar las obras, reparaciones, instalaciones y otras mejoras en los edificios de las Cárceles Penitenciaría y Preventiva y Correccional, de acuerdo con los proyectos y presupuestos formulados por los organismos técnicos oficiales y elevados al Poder Ejecutivo por la Dirección General de Institutos Penales.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
TERRA - EUGENIO MARTINEZ THEDY
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.