Ley Nº 9391 - FIJACION DE SALARIO. PRESIDENTE DE LA REPUBLICA. VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA. MINISTROS
Artículo 1
La dotación del Presidente de la República para el próximo período será de $ 24.000.00 anuales.
Artículo 2
La asignación del Vicepresidente de la República será de $ 400.00 mensuales líquidos y en caso de ejercer el cargo de Presidente, disfrutará de la asignación que le corresponda.
Artículo 3
Las dotaciones de los Subsecretarios de Estado serán idénticas a las que tengan los legisladores.
Artículo 4
Comuníquese, etc.
TERRA - CESAR CHARLONE
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