Ley Nº 9424 - LEY DE REGISTRO CIVICO NACIONAL. MODIFICACION

Rango Ley
Publicación 1934-08-14
Estado Vigente
Departamento TERRA - J. A. OTAMENDI
Fuente IMPO
artículos 2
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Artículo 1

Modifícase el artículo 4.° de la ley de Registro Cívico Nacional en el sentido de que la designación de suplentes de la Corte Electoral, podrá efectuarse por el sistema de suplencias respectivas.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

TERRA - J. A. OTAMENDI

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