Ley Nº 9479 - DECLARACION DE FERIADO

Rango Ley
Publicación 1935-06-25
Estado Vigente
Departamento TERRA - MARTIN R. ECHEGOYEN
Fuente IMPO
artículos 3
Historial de reformas JSON API
Artículo 1

Declárase fiesta nacional el día 18 de Junio con motivo de la cesación de hostilidades de los ejércitos del Paraguay y de Bolivia, en operaciones de guerra en el Chaco Boreal.

Artículo 2

El Poder Ejecutivo dispondrá lo necesario para que en todas las escuelas públicas e institutos docentes del país, se dicten clases alusivas a los beneficios de la paz entre los pueblos. Asimismo, dispondrá lo conducente a la más amplia celebración de ese trascendental acontecimiento.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

TERRA - MARTIN R. ECHEGOYEN

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