Ley Nº 9536 - EXONERACION DE TRIBUTO
Artículo 1
Declárase que el artículo 4º de la ley número 8938 del 24 de Febrero de 1933, no alcanza al despecho de las encomiendas y bultos postales.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
TERRA - ZOILO SALDIAS - CESAR CHARLONE
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.