Ley Nº 9541 - ARRENDAMIENTOS. PRECIOS. REBAJA DE ALQUILERES

Rango Ley
Publicación 1936-01-10
Estado Vigente
Departamento TERRA - MARTIN R. ECHEGOYEN
Fuente IMPO
artículos 2
Historial de reformas JSON API
Artículo 1

Mantiénense vigentes hasta el 31 de Diciembre de 1936, la rebaja automática del diez por ciento de acuerdo con el artículo 1º de la ley número 8789 de 21 de Octubre de 1931, y las reducciones acordadas por las partes o decretadas por los respectivos Jurados de Alquileres o Conciliación y Arbitraje, en los arrendamientos urbanos y rurales.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

TERRA - MARTIN R. ECHEGOYEN

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.