Ley Nº 9563 - GOBIERNOS DEPARTAMENTALES. AUTORIZACION. MERCADO AGRICOLA. PRORROGA

Rango Ley
Publicación 1936-04-30
Estado Vigente
Departamento TERRA - AUGUSTO CESAR BADO
Fuente IMPO
artículos 3
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Artículo 1

Prorróganse por el término de ciento ochenta días, los beneficios concedidos por la ley Nº 9312, de 14 de Marzo de 1934, que autoriza al Municipio para permitir a la "Sociedad Anónima Concentración Nacional de Productores Agrícolas" la instalación de un Mercado Agrícola. (*)

Artículo 2

El plazo establecido en el artículo anterior se contará a partir del 15 de Marzo de 1936.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

TERRA - AUGUSTO CESAR BADO

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