Ley Nº 9596 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. VIUDA E HIJOS DE ANTONIO LLADO
Artículo 1
Acuérdase por gracia especial a la señora viuda y a los hijos del doctor Antonio Lladó una pensión de un mil quinientos sesenta pesos anuales, quedando sin efecto la que legalmente les corresponde en la actualidad.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
TERRA - CESAR CHARLONE - MARTIN R. ECHEGOYEN
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