Ley Nº 9628 - DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA PARA EXPROPIACION

Rango Ley
Publicación 1937-01-05
Estado Vigente
Departamento TERRA - DOMINGO MENDIVIL - CESAR CHARLONE
Fuente IMPO
artículos 3
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Artículo 1

Declárase de utilidad pública la adquisición por la vía de la expropiación de 100 hectáreas del campo empadronado con el número 43683, situado en la 9.ª sección judicial del Departamento de Montevideo y con frente a la carretera a Melilla, en el extremo de la Avenida Lezica, y la del campo empadronado con el número 14203, situado en la 7.ª sección judicial del Departamento de Canelones, con una superficie de 124 hectáreas, 110 metros cuadrados, de propiedad de la Sociedad "Aeropostal Uruguaya". El primero de los campos a que se refiere este artículo, será destinado para asiento de la Base Aérea Militar número 1 y el segundo para asiento de la Escuela Militar de Aviación.

Artículo 2

Para la adquisición y mejora de los campos mencionados, se autoriza al Poder Ejecutivo para concertar con una institución bancaria nacional un préstamo hasta la cantidad máxima de cuatrocientos mil pesos ($ 400.000.00) a un tipo de interés no mayor del 6 1/2 % anual. Los servicios de amortización e intereses de este préstamo se atenderán con la suma de treinta mil pesos ($ 30.000.00) anuales que se tomarán de Rentas Generales.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

TERRA - DOMINGO MENDIVIL - CESAR CHARLONE

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