Ley Nº 9643 - CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES CIVILES. OBRAS PUBLICAS
Artículo 1
Refuérzase con la suma de veintiocho mil pesos ($ 28.000.00) los fondos destinados para la construcción del edificio de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Civiles por ley de 5 de Enero de 1933.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
TERRA - EDUARDO VICTOR HAEDO
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