Ley Nº 9659 - PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. CONMEMORACIONES
Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para tomar de Rentas Generales hasta la cantidad de veinte mil pesos ($ 20.000.00) que invertirá en contribuciones a los Departamentos de Salto y Tacuarembó y demás gastos que se ocasionen con motivo de las fiestas de conmemoración del centenario de la creación de dichos Departamentos.
Artículo 2
Autorízase asimismo al Poder Ejecutivo para tomar de Rentas Generales la cantidad de diez mil pesos ($ 10.000.00) como contribución del Estado a los gastos de erección de un monumento a la bandera nacional en el lugar en que por primera vez se izó el pabellón de la patria el 11 de Junio de 1830.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
TERRA - EDUARDO VICTOR HAEDO - RAUL A. PREVITALI
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