Ley Nº 9686 - COMERCIO EXTERIOR. GANADO

Rango Ley
Publicación 1937-10-02
Estado Vigente
Departamento TERRA - CESAR G. GUTIERREZ
Fuente IMPO
artículos 2
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Artículo 1

Gozarán del régimen de primas al ganado, establecido por las leyes números 9287 y 9321 y extendido a las haciendas que se exporten para ultramar por ley de Diciembre 14 de 1936, los animales bovinos que se embarquen por los puertos del litoral de la República, las que se otorgarán en las mismas condiciones establecidas en la ley últimamente citada.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

TERRA - CESAR G. GUTIERREZ

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