Ley Nº 9703 - COMERCIO EXTERIOR. DERECHOS DE IMPORTACION

Rango Ley
Publicación 1937-10-02
Estado Vigente
Departamento TERRA - CESAR CHARLONE
Fuente IMPO
artículos 2
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Artículo 1

Los artículos y mercaderías generales cuya importación esté gravada con derechos "específicos" serán aforados, nomenclaturados y clasificados en la forma dispuesta por la ley de 19 de Setiembre de 1923, que estableció el procedimiento a seguirse para la clasificación de las mercaderías generales despachadas "ad valorem". (*)

Artículo 2

Comuníquese, etc.

TERRA - CESAR CHARLONE

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