Ley Nº 9710 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. VIUDA DE ANDRES F. PUYOL. VIUDA E HIJOS DE JOSE PEDRO ALAGGIA

Rango Ley
Publicación 1937-10-21
Estado Vigente
Departamento TERRA - EDUARDO VICTOR HAEDO
Fuente IMPO
artículos 3
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Artículo 1

Acuérdase a la señora viuda del doctor Andrés F. Puyol una pensión graciable de tres mil pesos anuales, en sustitución de la legal que le corresponde.

Artículo 2

Acuérdase a la señora viuda e hijos del doctor José Pedro Alaggia, una pensión graciable de dos mil cuatrocientos pesos anuales, en sustitución de la legal que les corresponde.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

TERRA - EDUARDO VICTOR HAEDO

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