Ley Nº 9724 - OTORGAMIENTO DE PENSION
Artículo 1
La esposa y la hija soltera del ex Inspector General de Receptorías, don Julio N. Moyano, tendrán derecho, al fallecimiento de éste, a una pensión equivalente a la mitad de la jubilación especial de sueldo íntegro que le fué otorgada a dicho ex funcionario por ley de fecha 14 de Octubre de 1925.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
TERRA - EDUARDO VICTOR HAEDO
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