Ley Nº 9765 - AUTORIZACION PARA DISPONER RECURSOS DE RENTAS GENERALES. ELECCIONES
Artículo 1
Destínase de Rentas Generales hasta la cantidad de $ 202.920.00 para solventar los gastos que irrogará el acto eleccionario del 27 de Marzo próximo y de la que la Corte Electoral podrá disponer para lo siguiente:
A) Para pago de sueldos del personal eventual que utilice hasta el 30 de Abril de 1938, hasta la cantidad de $ 67.920.00. B) Para atender los gastos de conducción de urnas, adquisición de materiales, impresión de hojas de votación y del padrón electoral, asesoramiento dactiloscópico, etc., $ 135.000.00.(*)
Artículo 2
Las asignaciones máximas mensuales del personal eventual que se designe con cargo al apartado A) del artículo anterior, serán de $ 60.00.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
TERRA - EDUARDO VICTOR HAEDO
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