Ley Nº 9768 - BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (BROU). AUTORIZACION. COMERCIO. TRIGO

Rango Ley
Publicación 1938-03-14
Estado Vigente
Departamento TERRA - RAUL JUDE - LEON PEYROU
Fuente IMPO
artículos 3
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Artículo 1

Con el propósito de regularizar el mercado de trigo de la cosecha actual, autorízase al Banco de la República, a efectuar adquisiciones de ese cereal, así como a proceder a su exportación y venta para el consumo local.

Artículo 2

Las diferencias que pudieran resultar de esas operaciones, serán vertidas o cargadas en la cuenta del Tesoro Nacional.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

TERRA - RAUL JUDE - LEON PEYROU

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